Son los siguientes:
1. Asegurarse de que existan trabajadores dispuestos y deseos de
organizarse: Como se trata de acción colectiva para organizar un sindicato lo
primero es constatar que existan trabajadores dispuestos a organizarse, muchas
veces los trabajadores desconocen que es un sindicato o los beneficios que
tiene estar organizado, por ello todo que tenga interés en formar un sindicato
inicia concienciando a los trabajadores que necesitan organizarse.
2. Determinar el tipo de sindicato que se va a formar: Momento para decidir
el tipo de organización que se va a crear de acuerdo a las características o a
la cantidad de personas y cantidad de empresas vinculadas. Los tipos de
sindicatos que se pueden formar son:
De oficio
De empresa
De industria o por rama de actividad
económica
De oficios varios o mixtos
3. Lograr el número de trabajadores que se necesitan para formar un
sindicato: Debido a que la ley requiere una cantidad mínima para constituir una
organización pues a mayores números de trabajadores mayor fuerza tiene la
organización.
4. Preparar la asamblea constitutiva. Procesos previos: Una vez determinado
el tipo de sindicato que se va formar y el número de trabajadores se prepara la
asamblea, se fija la fecha el lugar y hora y los temas a tratar, los
preparativos de la asamblea los realiza una parte los promotores de la asamblea
5. La obtención de la personería jurídica: La inscripción del sindicato en
el registro oficial. Facultad que se adquiere para al ser registrada ante el
ministerio o secretaria de trabajo con lo que obtienen la personería jurídica y
en consecuencia pueden negociar y firmar el convenio.
6. Nombrar al presidente de
la Asamblea Constitutiva y a su secretario para proceder a desarrollar el orden
del día.
7. Proponer la aprobación de los estatutos.
8. Elegir la primera junta directiva del sindicato (personas que
integrarán los órganos de gobierno y quienes ejecutarán las decisiones de la
Asamblea General de Asociados).
9. En la Asamblea Constitutiva también se elige a los integrantes de los
mecanismos de fiscalización y control.
10. En la Asamblea
Constitutiva se puede tomar cualquiera otra decisión relacionada con: i) El
programa de acción del sindicato; ii) El presupuesto; iii) Sobre la federación
o confederación a la cual se puede afiliar.
11. Elaboración del Acta de la Asamblea Constitutiva que contenga: i) Lugar,
fecha y hora; ii) Cantidad de participantes; iii) El desarrollo de los trabajos
conforme al orden del día; iv) Las decisiones adoptadas por la Asamblea; v) La
aprobación de los Estatutos de la organización; vi) La designación de la Junta
Directiva; vii) La designación del fiscal y de los mecanismos de control; viii)
La designación de los vocales; ix) Los datos que se considere son pertinentes y
conducentes.
12. El Acta Constitutiva debe ser firmada por los miembros fundadores.
13. El Acta con los estatutos debe ser depositada en el Ministerio del
Trabajo para los fines de publicidad y de registro sindical.
14. Obtención de la Personería Jurídica con la expedición del acto
administrativo del Ministerio que deposita y registra a la organización
sindical y que en lo sucesivo deposita todos los actos de ley del derecho
colectivo y para la disponibilidad ante terceros; en especial: i) Acta de la
Asamblea Constitutiva; ii) Original de los Estatutos; iii) La relación de los
miembros fundadores con los nombres y apellidos, documento de identidad,
nacionalidad y domicilio, básicamente.
Referencia Bibliográfica
Runa.E.(2017).Pasos para crear un sindicato .Recuperado de: https://runahr.com/recursos/aspectos-legales/constitucion-y-registro-de-un-sindicato/
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